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¿Qué requisitos
deben tener los cursos para ser tenidos en cuenta en las oposiciones?
Nuestros cursos
homologados cumplen todos los requisitos.
La mejor garantía. La experiencia:
Todas
las convocatorias en las que se han presentado, entre ellas la de 2006,
2007, 2008, 2009 y 2010, han demostrado la validez
de nuestros títulos, que están respaldados por los Reales Decretos
(RD276/07) y las Convocatorias de todas las CCAA.
Un Certificado Universtario
Al
realizar un curso distribuido por MAGISTER se obtiene un Certificado
Universitario.
El certificado que se obtiene es de
la Universidad
Camilo José Cela o de la Universidad Francisco de Vitoria y cuenta con total validez para los
concursos de méritos en las oposiciones de acceso a la función pública
docente según el Real Decreto (RD276/07).
Según la valoración de las convocatorias de
méritos de 2007, 2008, 2009 y 2010, por cada curso de 10 o más créditos se obtienen
0,5 puntos de méritos (hasta
alcanzar el máximo establecido en cada convocatoria).
Requisitos según el REAL DECRETO
A
continuación se indican los requisitos para el reconocimiento de los
cursos en los concursos de méritos en las oposiciones de acceso a la
función pública docente:
Texto extraido del Real Decreto 276/2007
que regula el acceso a la función publica docente a nivel NACIONAL:
Apartado
2.5 Formación permanente: Por cada curso de formación
permanente y perfeccionamiento superado, relacionado con la especialidad a
la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías
aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía o la
sociología de la educación, convocado por
administraciones públicas con plenas competencias educativas o por universidades, o
actividades incluidas en el plan de formación permanente organizados
por entidades colaboradoras con las administraciones educativas, o
actividades reconocidas por la administración educativa
correspondiente: a) No inferior a 3 créditos: 0,2000 puntos. b) No inferior a 10 créditos:
0,5000 puntos. Exclusivamente para la
especialidad de música, se valorarán en los mismos términos los cursos
organizados por los conservatorios de música. A efectos de
este subapartado, se podrán acumular los cursos no inferiores a 2
créditos que cumplan los requisitos que se especifican en
este subapartado.
Requisitos según las
CONVOCATORIAS
En las convocatorias
de todas las comunidades autónomas se incluye un parrafo similar al del
real decreto. A continuación se indican a modo de ejemplo el
texto de varias convocatorias:
Convocatoria Madrid 2009: Extracto
de la resolución DE 20 DE MARZO DE 2009: MÉRITOS 2.5.
Formación permanente (Máximo 2 puntos) 2.5.1. Cursos,
seminarios, jornadas, grupos de trabajo o proyectos de formación en
centros, en los que haya participado el aspirante como ponente o como
asistente, convocados por las Administraciones Educativas, las universidades o
instituciones sin ánimo de lucro que tengan firmados convenios de
colaboración con la Administración Educativa, relacionados con la
especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas
tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía y
la sociología de la educación. a) No inferior a 3 créditos
……………………………………… 0,2 b) No inferior a 10 créditos
…………………………………… 0,5
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS Certificado
en el que conste de modo expreso el número de horas de duración o el
número de créditos, la fecha de inicio y fin y, en su caso, el
reconocimiento de la correspondiente Administración Educativa.
Convocatoria
Castilla León 2009: Extracto de la Orden ADM/786/2009, de 3 de abril de 2009 MÉRITOS 2.5
Formación Permanente: Por cada curso de formación permanente y
perfeccionamiento superado, relacionado con la especialidad a la que se
opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a
la educación, la didáctica, la psicopedagogía o la sociología de la
educación, convocado por las Administraciones Públicas con plenas
competencias educativas o por
las Universidades o actividades incluidas en el plan de
formación permanente organizados por entidades colaboradoras con las
Administraciones Educativas o actividades reconocidas por la
Administración Educativa correspondiente: a) No inferior a 3
créditos...... 0,2 b) No inferior a 10 créditos..... 0,5
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS Certificación
de las actividades expedida por el órgano convocante en la que conste
su duración en horas o, en su caso, el número de créditos, que acredite
fehacientemente el reconocimiento de homologación o que se realiza en
convenio con las Administraciones Educativas o Universidades,
debiendo figurar el sello de inscripción en el Registro General de
Formación Permanente del Profesorado, en aquellas actividades que deban
inscribirse.
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